NUEVO: REVISION 2013 MAPA RUIDOS CASTELLON

Está a exposición pública la revisión del plan acústico municipal de 2007. Consulta los documentos pinchando en este enlace.

viernes, 14 de febrero de 2014

Castellón. Reacciones a la sentencia TSJ-CV nº 60/2014 sobre limitación del suministro de alcohol fuera de los locales (Tascas) a partir de las 22 horas (III).

Parece ser que en el Ayuntamiento han decidido no cumplir la sentencia del TSJ-CV, ¡¡ vaya ejemplo !!

Como si el cumplimiento de las sentencias fuese potestativa para los que se creen muy “listillos”.

AlMonte

INDICE DE NOTICIAS 13/02/2014

(1) Romero dice que el fallo del TSJ sobre las tascas "es por una denuncia de 2009 y ahora la situación ha cambiado"

RadioCastellón / SER - Jueves 13 de febrero de 2014 

CASTELLÓN NO TOCARÁ LA ACTUAL REGULACIÓN

(2) Mantendrán el cierre de las tascas a las 23.30

El consistorio resta valor al fallo del TSJCV de cerrarlas a las 22.00

 Mediterráneo - 13/02/2014 - D. P. SOLVES

(3) TSJ obliga al Ayuntamiento a prohibir venta bebidas en vía pública en Tascas

La Vanguardia - Comunidad Valenciana | 12/02/2014 -  Castellón, 12 feb (EFE).-

Nuevo fallo del TSJ contra las tascas

(4) El consistorio afirma que al amparo del Supremo dejan sin efecto la sentencia que responde a un recurso de Sense Soroll.

El Mundo - 13/02/14 - C.P. / Castellón

(5) Las tascas colocan mesas en alto para cumplir la última sentencia del TSJ

La resolución prohíbe vender alcohol en la calle a partir de las 22 horas a los locales sin terrazas ni veladores

Levante - 13.02.2014 | J. MESTRE | CASTELLÓ

 

LAS NOTICIAS

Romero dice que el fallo del TSJ sobre las tascas "es por una denuncia de 2009 y ahora la situación ha cambiado"

RadioCastellón / SER - Jueves 13 de febrero de 2014

SER-“Hora 14” (Escuchar corte de voz ) (Pulsar para descargar mp3)

El concejal de Sostenibilidad del Ayuntamiento de Castellón, Gonzalo Romero, afirma que la sentencia hecha pública ayer por parte del TSJ valenciano en la que prohíbe la venta de alcohol a partir de las diez de la noche en las tascas no se ajusta a la situación actual de esta zona de ocio de la capital de la Plana.
La resolución del tribunal valenciano llega pocos días después de que el Supremo autorizara el consumo de alcohol en las tres calles que integran la emblemática zona de ocio por su carácter tradicional.
El edil insiste en que esta nueva sentencia se refiere a hechos denunciados en 2009 y que, desde entonces, "la situación ha cambiado". Cita el fallo del Supremo como ejemplo de que el Consistorio "está cumpliendo con la legalidad".
Romero insiste también en que el Ayuntamiento sigue aplicando las medidas correctoras del ruido a las que obliga la declaración de las tascas como Zona Acústicamente Saturada. Una declaración que, recuerda Romero, "permite consumir en la calle hasta las once y media de la noche".

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CASTELLÓN NO TOCARÁ LA ACTUAL REGULACIÓN

Mantendrán el cierre de las tascas a las 23.30

El consistorio resta valor al fallo del TSJCV de cerrarlas a las 22.00

 Mediterráneo - 13/02/2014 - D. P. SOLVES

El Ayuntamiento de Castellón mantendrá el horario de cierre de las tascas a las 23.30 horas, con la prohibición de vender bebidas alcohólicas desde las 23.00. Fuentes municipales restaron ayer trascendencia a la nueva sentencia, en este caso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que estima un recurso de la Asociación Castelló Sense Soroll y ordena que solo se sirva bebida hasta las 22.00 horas amparándose en el artículo 18.4.f del Decreto Legislativo 1/2003 de la Generalitat que prohíbe vender bebida más allá de las 22.00 horas.

Desde el consistorio señalaron que la nueva sentencia del TSJCV se refiere a una denuncia de 2009, así que no recoge las últimas decisiones judiciales favorables al Ayuntamiento”, como la reciente del Tribunal Supremo que avaló la pervivencia de las siete tascas frente a la intención de Castelló Sense Soroll de avanzar su hora de cierre. Fuentes municipales recordaron que el artículo 26 de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana permite consumir alcohol en la calle en la zona de las tascas mediante la instalación de veladores, que cuentan con la preceptiva autorización municipal.

La Asociación Castelló Sense Soroll mantiene abiertos otros frentes judiciales contra las tascas referidos a la instalación de los veladores y al alcance de la Zona Acústicamente Saturada.

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TSJ obliga al Ayuntamiento a prohibir venta bebidas en vía pública en Tascas

La Vanguardia - Comunidad Valenciana | 12/02/2014 -  Castellón, 12 feb (EFE).-

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dictado un fallo en el que obliga al Ayuntamiento de Castellón a prohibir a los locales de las calles de la zona de las Tascas la venta y suministro de alcohol a la vía pública desde las 22.00 horas hasta las 07.00 horas del día siguiente.

El fallo da la razón a la Asociación Castelló Sense Soroll, y estima un recurso en referencia a la venta y suministro de sustancias alcohólicas en la calle.

El pasado 6 de febrero la Sección Cuarta de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) estimó un recurso del consistorio castellonense y determinó que sí es legal el artículo de la ordenanza municipal que permite beber alcohol en la calle en la zona de las Tascas.

Sin embargo, ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana se pronuncia no sobre el consumo por parte de los clientes, sino sobre el cumplimiento del Decreto legislativo 1/2003, que hace referencia a la venta y suministro de alcohol.

El artículo 18.4 de esta normativa prohíbe la "venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas" en "todo tipo de establecimiento, desde las 22.00 horas a las 07.00 horas del día siguiente, excepto en aquellos en los que la venta de bebidas alcohólicas esté destinada a su consumo en el interior del local".

La Asociació Castelló Sense Soroll denunció en 2009 que el consistorio estaba incumpliendo ese decreto legislativo.

Sin embargo, en 2011 el juzgado dio la razón al consistorio al considerar que "en ningún caso ha quedado probado que los locales sitos en las calles Isaac Peral, Barracas y plaza de Santa Clara de Castellón, vendan bebidas para su consumo en la vía pública".

La asociación presentó un recurso que ha sido ahora resuelto por la sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV.

En la resolución del mismo se asegura que la asociación recurrente es consciente de que el artículo 26 de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana es legal, está en vigor y permite el consumo de alcohol en la vía pública en esa zona de la ciudad.

El Decreto 1/2003 dice que prohíbe la venta y suministro de bebidas alcohólicas "en todo tipo de establecimientos", y eso sólo se podrá hacer en lugares "en los que esté expresamente autorizado, o en los días de fiestas patronales o locales regulados en la correspondiente ordenanza municipal, y ahí es donde se incluyen terrazas y veladores".

La Sala asegura que el consistorio no reguló nada en su Ordenanza Municipal en este sentido, y "es de aplicación la prohibición establecida en el Decreto 1/2003".

Ha quedado demostrado, asegura la Sala, que en la zona de las Tascas hay gente consumiendo bebidas alcohólicas dentro del horario prohibido, bebidas que "son suministradas, a su vez, por los locales sitos en dicha zona sin que conste la existencia de terrazas en el exterior de dichos locales donde se permita el consumo de alcohol".

El Ayuntamiento, por tanto, "tolera" dicha conducta, e incumple así la normativa del Decreto 1/2003, lo que denota una "inactividad municipal" en cuanto a las obligaciones que al ente local le competen.

Por ello, dice la sentencia, se estima parcialmente el recurso al considerar que se produce una infracción de la norma autonómica.

Así declara la "obligación" del Ayuntamiento de controlar el cumplimiento del Decreto legislativo 1/2003 y, en consecuencia, debe ordenar a esos locales el cese en la venta y suministro de alcohol a la calle desde las 22:00 hasta las 7:00 horas del día siguiente.

La corporación deberá "velar" por dicho cumplimiento, añade la sentencia. EFE

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Nuevo fallo del TSJ contra las tascas

El consistorio afirma que al amparo del Supremo dejan sin efecto la sentencia que responde a un recurso de Sense Soroll.

El Mundo - 13/02/14 - C.P. / Castellón

ElMundo 13_02_2014-Castellon

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Las tascas colocan mesas en alto para cumplir la última sentencia del TSJ

La resolución prohíbe vender alcohol en la calle a partir de las 22 horas a los locales sin terrazas ni veladores

Levante - 13.02.2014 | J. MESTRE | CASTELLÓ

Un local de las tascas ayer con dos veladores. acf

Un local de las tascas ayer con dos veladores.

Mesas en alto sin sillas denominadas veladores son la solución del Ayuntamiento de Castelló para adecuar la zona de las tascas a la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que limita el consumo de alcohol hasta las 22.00 horas en el exterior de los locales que adolezcan de terrazas o veladores.


Fuentes municipales afirmaron que la resolución del TSJ elude las últimas decisiones judiciales favorables al consistorio y a las tascas y subrayaron que su contenido no supone una variación de la situación actual de la zona gastronómica. Entre otras novedades, señalaron el fallo del Tribunal Supremo que valida la ordenanza municipal sobre la singularidad de las tascas, y sostuvieron que esta normativa ya contempla la posibilidad de ingerir bebidas alcohólicas en la calle en aquellas tascas que dispongan de veladores.


El fallo prohíbe la venta de alcohol en el exterior de los bares sin terrazas ni veladores desde las 22.00 a las 07.00 horas de acuerdo con lo que marca la ley valenciana de Drogodependencia. Los locales pueden seguir con su servicio en el interior y de esta restricción quedan fuera los bares de la plaza Santa Clara al tener habilitadas terrazas. La sentencia especifica los establecimientos situados en Barracas e Isaac Peral. En este sentido, insta al ayuntamiento a ordenar a las tascas de estas dos calles «el cese en la venta y suministro de alcohol» en la vía pública a partir de las diez de la noche.


El fallo posibilita el consumo de alcohol desde las 22.00 horas en los establecimientos con veladores y, al respecto, el ayuntamiento y las tascas aseguraron ayer que disponen de los mismos desde hace dos años.


Desde el ejecutivo local reiteraron que la sentencia del TSJ se refiere a una situación que ya ha cambiado e insistieron que con la existencia de los veladores se cumple con la misma. Así, consideraron innecesario presentar un recurso contra el fallo del TSJ. En parecidos términos se pronunció Ernesto Bou, portavoz de las tascas, quien afirmó que desde hace dos años están instalados. Asimismo, fuentes municipales recordaron que en la actualidad se aplican las medidas que contempla la Zona Acústicamente Saturada.


No obstante, la presencia de veladores en las dos calles de las tascas citadas es puntual y esta nuevo fallo apunta que se aumentará la cifra de estas mesas en alto para salvaguardar del todo el horario actual de la zona.

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